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Presentación sobre Convenio 190 OIT

Presentación sobre Convenio 190 OIT

Nuestro presidente fue invitado a participar como orador en el acto de colacion de los primeros egresados de la Diplomatura de Vinculacion en prevencion y abordaje de la violencia dictada en la Universidad Nacional Arturo Jauretche.

Durante la disertacion se hablo sobre los diferentes casos de violencia en entorno laboral, social y sobre la implementacion en Argentina del Convenio 190 de OIT que busca cambiar el eje de las relaciones poniendo en el centro al ser humano.

Compartimos Link con el programa de la diplomatura

OIT Convenio 190

OIT Convenio 190

Que es y que busca el convenio 190 de OIT ?

El Convenio 190 y la Recomendación 206 son las primeras normas internacionales del trabajo que proporcionan un marco común para prevenir, remediar y eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, incluidos la violencia y el acoso por razón de género.

Compartimos el convenio tambien publicado en la pagina de OIT

I. DEFINICIONES

Artículo 1
  1. 1. A efectos del presente Convenio:
  2. a) la expresión «violencia y acoso» en el mundo del trabajo designa un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género, y
  3. b) la expresión «violencia y acoso por razón de género» designa la violencia y el acoso que van dirigidos contra las personas por razón de su sexo o género, o que afectan de manera desproporcionada a personas de un sexo o género determinado, e incluye el acoso sexual.
  4. 2. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados a) y b) del párrafo 1 del presente artículo, la violencia y el acoso pueden definirse en la legislación nacional como un concepto único o como conceptos separados.

II. ÁMBITO DE APPLICACIÓN

Artículo 2
  1. 1. El presente Convenio protege a los trabajadores y a otras personas en el mundo del trabajo, con inclusión de los trabajadores asalariados según se definen en la legislación y la práctica nacionales, así como a las personas que trabajan, cualquiera que sea su situación contractual, las personas en formación, incluidos los pasantes y los aprendices, los trabajadores despedidos, los voluntarios, las personas en busca de empleo y los postulantes a un empleo, y los individuos que ejercen la autoridad, las funciones o las responsabilidades de un empleador.
  2. 2. Este Convenio se aplica a todos los sectores, público o privado, de la economía tanto formal como informal, en zonas urbanas o rurales.
Artículo 3
  1. El presente Convenio se aplica a la violencia y el acoso en el mundo del trabajo que ocurren durante el trabajo, en relación con el trabajo o como resultado del mismo:
  2. a) en el lugar de trabajo, inclusive en los espacios públicos y privados cuando son un lugar de trabajo;
  3. b) en los lugares donde se paga al trabajador, donde éste toma su descanso o donde come, o en los que utiliza instalaciones sanitarias o de aseo y en los vestuarios;
  4. c) en los desplazamientos, viajes, eventos o actividades sociales o de formación relacionados con el trabajo;
  5. d) en el marco de las comunicaciones que estén relacionadas con el trabajo, incluidas las realizadas por medio de tecnologías de la información y de la comunicación;
  6. e) en el alojamiento proporcionado por el empleador, y
  7. f) en los trayectos entre el domicilio y el lugar de trabajo.

III. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

Artículo 4
  1. 1. Todo Miembro que ratifique el presente Convenio deberá respetar, promover y asegurar el disfrute del derecho de toda persona a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso.
  2. 2. Todo Miembro deberá adoptar, de conformidad con la legislación y la situación nacional y en consulta con las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores, un enfoque inclusivo, integrado y que tenga en cuenta las consideraciones de género para prevenir y eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo. Este enfoque debería tener en cuenta la violencia y el acoso que impliquen a terceros, cuando proceda, y consiste, en particular en:
  3. a) prohibir legalmente la violencia y el acoso;
  4. b) velar por que las políticas pertinentes aborden la violencia y el acoso;
  5. c) adoptar una estrategia integral a fin de aplicar medidas para prevenir y combatir la violencia y el acoso;
  6. d) establecer mecanismos de control de la aplicación y de seguimiento o fortalecer los mecanismos existentes;
  7. e) velar por que las víctimas tengan acceso a vías de recurso y reparación y a medidas de apoyo;
  8. f) prever sanciones;
  9. g) desarrollar herramientas, orientaciones y actividades de educación y de formación, y actividades de sensibilización, en forma accesible, según proceda, y
  10. h) garantizar que existan medios de inspección e investigación efectivos de los casos de violencia y acoso, incluyendo a través de la inspección del trabajo o de otros organismos competentes.
  11. 3. Al adoptar y aplicar el enfoque mencionado en el párrafo 2 del presente artículo, todo Miembro deberá reconocer las funciones y atribuciones diferentes y complementarias de los gobiernos, y de los empleadores y de los trabajadores, así como de sus organizaciones respectivas, teniendo en cuenta la naturaleza y el alcance variables de sus responsabilidades respectivas.
Artículo 5

Con objeto de prevenir y eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, todo Miembro deberá respetar, promover y llevar a efecto los principios y derechos fundamentales en el trabajo, a saber, la libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva, la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio, la abolición efectiva del trabajo infantil y la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación, así como fomentar el trabajo decente y seguro.

Artículo 6

Todo Miembro deberá adoptar una legislación y políticas que garanticen el derecho a la igualdad y a la no discriminación en el empleo y la ocupación, incluyendo a las trabajadoras, así como a los trabajadores y otras personas pertenecientes a uno o a varios grupos vulnerables, o a grupos en situación de vulnerabilidad que están afectados de manera desproporcionada por la violencia y el acoso en el mundo del trabajo.

IV. PROTECCIÓN Y PREVENCIÓN

Artículo 7

Sin perjuicio del artículo 1 y en consonancia con sus disposiciones, todo Miembro deberá adoptar una legislación que defina y prohíba la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, con inclusión de la violencia y el acoso por razón de género.

Artículo 8
  1. Todo Miembro deberá adoptar medidas apropiadas para prevenir la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, en particular:
  2. a) reconocer la importante función de las autoridades públicas en el caso de los trabajadores de la economía informal;
  3. b) identificar, en consulta con las organizaciones de empleadores y de trabajadores concernidas y por otros medios, los sectores u ocupaciones y las modalidades de trabajo en los que los trabajadores y otras personas concernidas están más expuestos a la violencia y el acoso, y
  4. c) adoptar medidas para proteger de manera eficaz a dichas personas.
Artículo 9
  1. Todo Miembro deberá adoptar una legislación que exija a los empleadores tomar medidas apropiadas y acordes con su grado de control para prevenir la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, incluidos la violencia y el acoso por razón de género, en particular, en la medida en que sea razonable y factible:
  2. a) adoptar y aplicar, en consulta con los trabajadores y sus representantes, una política del lugar de trabajo relativa a la violencia y el acoso;
  3. b) tener en cuenta la violencia y el acoso, así como los riesgos psicosociales asociados, en la gestión de la seguridad y salud en el trabajo;
  4. c) identificar los peligros y evaluar los riesgos de violencia y acoso, con participación de los trabajadores y sus representantes, y adoptar medidas para prevenir y controlar dichos peligros y riesgos, y
  5. d) proporcionar a los trabajadores y otras personas concernidas, en forma accesible, según proceda, información y capacitación acerca de los peligros y riesgos de violencia y acoso identificados, y sobre las medidas de prevención y protección correspondientes, inclusive sobre los derechos y responsabilidades de los trabajadores y otras personas concernidas en relación con la aplicación de la política mencionada en el apartado a) del presente artículo.

V. CONTROL DE LA APLICACIÓN Y VÍAS DE RECURSO Y REPARACIÓN

Artículo 10
  1. Todo Miembro deberá adoptar medidas apropiadas para:
  2. a) hacer un seguimiento y controlar la aplicación de la legislación nacional relativa a la violencia y el acoso en el mundo del trabajo;
  3. b) garantizar un fácil acceso a vías de recurso y reparación apropiadas y eficaces y a mecanismos y procedimientos de notificación y de solución de conflictos en los casos de violencia y acoso en el mundo del trabajo, que sean seguros, equitativos y eficaces, tales como:
    • i) procedimientos de presentación de quejas e investigación y, si procede, mecanismos de solución de conflictos en el lugar de trabajo;
    • ii) mecanismos de solución de conflictos externos al lugar de trabajo;
    • iii) juzgados o tribunales;
    • iv) medidas de protección de los querellantes, las víctimas, los testigos y los informantes frente a la victimización y las represalias, y
    • v) medidas de asistencia jurídica, social, médica y administrativa para los querellantes y las víctimas;
  4. c) proteger la privacidad de las personas implicadas, así como la confidencialidad, en la medida de lo posible y según proceda, y velar por que estos requisitos no se utilicen de manera indebida;
  5. d) prever sanciones, cuando proceda, para los casos de violencia y acoso en el mundo del trabajo;
  6. e) prever que las víctimas de violencia y acoso por razón de género en el mundo del trabajo tengan acceso efectivo a mecanismos de presentación de quejas y de solución de conflictos, asistencia, servicios y vías de recurso y reparación que tengan en cuenta las consideraciones de género y que sean seguros y eficaces;
  7. f) reconocer los efectos de la violencia doméstica y, en la medida en que sea razonable y factible, mitigar su impacto en el mundo del trabajo;
  8. g) garantizar que todo trabajador tenga el derecho de alejarse de una situación de trabajo sin sufrir represalias u otras consecuencias indebidas si tiene motivos razonables para considerar que ésta presenta un peligro grave e inminente para su vida, su salud o su seguridad a consecuencia de actos de violencia y acoso, así como el deber de informar de esta situación a la dirección, y
  9. h) velar por que la inspección del trabajo y otras autoridades pertinentes, cuando proceda, estén facultadas para actuar en caso de violencia y acoso en el mundo del trabajo, incluyendo el dictado de órdenes que requieran la adopción de medidas de aplicación inmediata, o que impongan la interrupción de la actividad laboral en caso de peligro inminente para la vida, la salud o la seguridad de los trabajadores, a reserva de cualquier recurso judicial o administrativo que pueda prescribir la legislación.

VI. ORIENTACIÓN, FORMACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN

Artículo 11
  1. Todo Miembro, en consulta con las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores, deberá esforzarse por garantizar que:
  2. a) la violencia y el acoso en el mundo del trabajo se aborden en las políticas nacionales pertinentes, como las relativas a la seguridad y salud en el trabajo, la igualdad y la no discriminación, y la migración;
  3. b) se proporcionen orientaciones, recursos, formación u otras herramientas sobre la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, incluyendo la violencia y el acoso por razón de género, a los empleadores y a los trabajadores y a sus organizaciones respectivas, así como a las autoridades competentes, en forma accesible, según proceda, y
  4. c) se emprendan iniciativas al respecto, con inclusión de campañas de sensibilización.

VII. MÉTODOS DE APLICACIÓN

Artículo 12

Las disposiciones de este Convenio deberán aplicarse por medio de la legislación nacional, así como a través de convenios colectivos o de otras medidas acordes con la práctica nacional, incluidas aquellas que amplían o adaptan medidas de seguridad y salud en el trabajo existentes para que abarquen la violencia y el acoso y aquellas que elaboran medidas específicas cuando sea necesario.

VIII. DISPOSICIONES FINALES

Artículo 13

Las ratificaciones formales del presente Convenio serán comunicadas, para su registro, al Director General de la Oficina Internacional del Trabajo.

Artículo 14
  1. 1. El presente Convenio obligará únicamente a aquellos Miembros de la Organización Internacional del Trabajo cuyas ratificaciones haya registrado el Director General de la Oficina Internacional del Trabajo.
  2. 2. El Convenio entrará en vigor doce meses después de la fecha en que las ratificaciones de dos Miembros hayan sido registradas por el Director General.
  3. 3. Desde dicho momento, el presente Convenio entrará en vigor, para cada Miembro, doce meses después de la fecha de registro de su ratificación.
Artículo 15
  1. 1. Todo Miembro que haya ratificado el presente Convenio podrá denunciarlo a la expiración de un período de diez años, contado a partir de la fecha en que se haya puesto inicialmente en vigor, mediante un acta comunicada, para su registro, al Director General de la Oficina Internacional del Trabajo. La denuncia surtirá efecto un año después de la fecha en que se haya registrado.
  2. 2. Todo Miembro que haya ratificado el presente Convenio y que, en el plazo de un año después de la expiración del período de diez años mencionado en el párrafo precedente, no invoque el derecho de denuncia previsto en este artículo quedará obligado durante un nuevo período de diez años y, en lo sucesivo, podrá denunciar este Convenio durante el primer año de cada nuevo período de diez años, en las condiciones previstas en este artículo.
Artículo 16
  1. 1. El Director General de la Oficina Internacional del Trabajo notificará a todos los Miembros de la Organización Internacional del Trabajo el registro de todas las ratificaciones y denuncias que le comuniquen los Miembros de la Organización.
  2. 2. Al notificar a los Miembros de la Organización el registro de la segunda ratificación que le haya sido comunicada, el Director General señalará a la atención de los Miembros de la Organización la fecha en que entrará en vigor el presente Convenio.
Artículo 17

El Director General de la Oficina Internacional del Trabajo comunicará al Secretario General de las Naciones Unidas, para su registro de conformidad con el artículo 102 de la Carta de las Naciones Unidas, una información completa sobre todas las ratificaciones y denuncias que haya registrado de acuerdo con los artículos precedentes.

Artículo 18

Cada vez que lo estime necesario, el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo presentará a la Conferencia General una memoria sobre la aplicación del Convenio, y considerará la conveniencia de inscribir en el orden del día de la Conferencia la cuestión de su revisión total o parcial.

Artículo 19
  1. 1. En caso de que la Conferencia adopte un nuevo convenio que implique una revisión del presente Convenio, y a menos que en el nuevo convenio se disponga otra cosa:
  2. a) la ratificación, por un Miembro, del nuevo convenio revisor implicará, ipso jure, la denuncia inmediata del presente Convenio, no obstante las disposiciones contenidas en el artículo 15, siempre que el nuevo convenio revisor haya entrado en vigor, y
  3. b) a partir de la fecha en que entre en vigor el nuevo convenio revisor, el presente Convenio cesará de estar abierto a la ratificación por los Miembros.
  4. 2. El presente Convenio continuará en vigor en todo caso, en su forma y contenido actuales, para los Miembros que lo hayan ratificado y no ratifiquen el convenio revisor.
Artículo 20

Las versiones inglesa y francesa del texto del presente Convenio son igualmente auténticas.

Nueva carteleria sobre Ruta 36

Nueva carteleria sobre Ruta 36

Nuestra Fundación, conjuntamente con la Camara de Empresarios Bonaerenses para el Fortalecimiento de las Cadenas de Valor ( FOCAVA ) esta llevando adelante una serie de reformas en las instalaciones que la camara posee en Berazategui, Cruce de Florencio Varela. Invitamos a quien desee sumarse y difundir su imagen sobre ruta 36 y Av 14, esta arteria es muy transitada en nuestra region, particularmente en ese lugar confluyen los vecinos de Florencio Varela y Berazategui principalmente, siendo esta ruta una de las principales vias para quienes deseen veranear en la Costa Atlantica.

Por informes pueden contactarnos de Lunes a viernes llamando al telefono 5258-0226 o por mail a info@probuenosaires.org

Se lanzó la Convocatoria a Proyectos Estratégicos para el Desarrollo Sostenible por un total de 2300 millones de pesos

Se lanzó la Convocatoria a Proyectos Estratégicos para el Desarrollo Sostenible por un total de 2300 millones de pesos

Fue presentada por Daniel Filmus, ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación; Fernando Peirano, presidente de la Agencia I+D+i y Cecilia Nicolini, secretaria de Cambio Climático, Desarrollo e Innovación.

Esta convocatoria por un monto total de 2300 millones de pesos tiene el objetivo de financiar proyectos estratégicos que impulsen la mitigación y adaptación al cambio climático, aporten a un proceso de transición justa hacia el desarrollo sostenible a través de capacidades locales y reduzcan la presión sobre los sistemas naturales, la biodiversidad y los ecosistemas.

En sus palabras, el Ministro Filmus felicitó a Peirano y expresó: “Si hay una política que ha sido pendular en Argentina es la política en ciencia y tecnología, desde la Noche de los bastones largos hacia acá. Tenemos que lograr que iniciativas como las que lleva adelante la Agencia, o como lo fue la Ley de Financiamiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación lleguen para quedarse y podamos avanzar en más políticas de Estado”.

El titular de Ciencia concluyó: “Hay que seguir debatiendo fuertemente sobre la necesidad de seguir invirtiendo en ciencia y tecnología, tiene que haber un conjunto de políticas de Estado que lleguen para quedarse. Necesitamos defender la ciencia, pero no desde la pequeña minoría de las y los investigadores sino desde la ciudadanía, mostrándoles que invertir en mejorar la calidad de las condiciones de vida de nuestra población».

El presidente de la Agencia I+D+i expresó que “con esta convocatoria estamos consolidando nuestro compromiso con la agenda ambiental, que es uno de nuestros cinco vectores de transformación. Queremos nutrir con más conocimiento científico, con más conocimiento innovador el desarrollo sostenible junto con los temas de salud, de alimentos, de transición energética y digital. A través de estos vectores creemos que la Argentina se puede transformar y se puede construir futuro”.

La secretaria de Cambio Climático, Desarrollo e Innovación, Cecilia Nicolini, dijo: “¿Cómo reconvertir nuestras industrias para que sean más sostenibles? ¿Cómo integrar más y mejor a la naturaleza en el diseño de nuestras ciudades? ¿Cómo impulsar la movilidad sostenible? Todos esos debates tenemos que darlos, pero los vamos a dar mejor con soluciones en la mano. Es fundamental construirlas y desarrollarlas de la mano de un sector tan vigoroso y en el que tenemos que seguir invirtiendo como el de la ciencia, la tecnología y la innovación.” Y finalizó “Confiamos en sus ideas, en sus capacidades y en seguir trabajando en conjunto para que así como lo fue durante la pandemia, la ciencia argentina sea protagonista de las transiciones a un desarrollo más justo, soberano y en armonía con el ambiente.”

La directora nacional del FONARSEC, Laura Toledo, fue la moderadora del evento y señaló “este anuncio de más de 2.300 millones de pesos es para financiar proyectos que mejoren su producción en términos de hacerla más sostenible, más verde. Los proyectos que buscamos no son proyectos pequeños sino de los más grandes que financiamos, porque así de importante es para nosotros esta agenda: en promedio van a estar en el orden de los 200 millones de pesos por proyecto.”

La presentación contó el testimonio de representantes de proyectos emblemáticos que ilustran la esencia de la convocatoria por los objetivos propuestos: Pablo Loyber, director Nacional de Infraestructura Tecnológica y de Datos del Servicio Meteorológico Nacional; Bruno De Alto, director general ambiental de la ACUMAR; Cristina Area, doctora ingeniera química y directora del CCT Nordeste; Gustavo Protomastro, gestión de ARCILLEX S.A.

Además, Santiago Borgna, director de Industrias Sostenibles del MECON; Vanesa Baldino, directora de evaluación de FONARSEC y Laura Toledo explicaron las bases técnicas del nuevo instrumento.

Sobre la convocatoria:

Las líneas de trabajo:
-Economía circular
-Producción más limpia
-Sustentabilidad de los ecosistemas naturales y manejo de desastres ambientales
-Ciudades y soluciones urbanas para la adaptación y mitigación del cambio climático

Destinatarios:
– Instituciones públicas o privadas sin fines de lucro de ciencia y tecnología
– Instituciones privadas sin fines de lucro, organizaciones civiles y/o de la economía popular, entidades de pueblos originarios.
– pymes y cooperativas

Si necesitas asistencia en la Formulación de tu idea proyecto podes contactarnos de Lunes a Viernes llamando al telefono 5258-0226 o por mail a info@probuenosaires.org Fundación Pro Buenos Aires ( Piedras 113 piso 5 CABA )

Fecha de apertura: 1 de julio 2023
Fecha de cierre: 15 de agosto 2023

Conocé las bases acá

Podés volver a ver la presentación de la convocatoria en el siguiente video:

 

Jornada de capacitación en energías renovables

Jornada de capacitación en energías renovables

No te pierdas la oportunidad de aprender sobre Eficiencia Energética y Energías Renovables.

Fecha: 6 de julio del 2023
Hora: 16:30 hs
Lugar: Salón Auditorio del Centro Cultural Islas Malvinas
Dirección: Calle 19 y 51, Ciudad de La Plata

Destacados del evento:

-Exposición de expertos en Eficiencia Energética
-Estrategias para ahorrar energía y reducir costos
-Soluciones sostenibles para empresas e industrias
-Participación abierta a profesionales, estudiantes y público interesado

¡No te quedes afuera de esta oportunidad de conocimiento y acción!